Ejercicio promoción y publicidad
- Antecedentes
- Comprobación deducible en gastos de promoción, publicidad y patrocinio (PPP)
- Primer paso: Definimos los gastos con sustento (Deducibles en primer término)
- Segundo paso: parámetros para definir la deducibilidad de los gastos de PPP
- Tercer paso: Cálculo de los gastos deducibles
- Base legal
Antecedentes:
La empresa Bigdatos S.A. presenta sus datos correspondiente a promoción, publicidad y patrocinio (PPP), cabe destacar que en el año 2021 a 2023 la empresa comercializaba alimentos con contenido hiperprocesado, sin embargo. En el año 2024 suspendió la venta de dichos alimentos.
Los gastos de publicidad de la empresa son:
| 2024 | 2025 | |
| Gastos por promoción y publicidad | 24.357.50 | 20.749,38 |
| Sin sustento adecuado | 1.000.00 | 1.485,00 |
Bigdatos conciliación tributaria
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