Contenido:
Las obligaciones con vencimientos para el mes de Enero de 2026, son las siguientes:
- Nuevas vigencias en 2026
- Obligaciones por periodos anuales
- Obligaciones por periodos semestrales
- Obligaciones por periodos mensuales
- Otras obligaciones
Nuevas vigencias en 2026
- Impuesto a la salida de divisas 2.5% tarifa diferenciada para los sectores productivos y 0% al sector farmacéutico Ver notificación 139/2025. Decreto 272 del 30-12-2025
- El nuevo salario básico unificado en 2026 $ 482.00
- Entra en vigencia la nueva tabla de IR 2026
- Entra en vigencia la nueva tabla de herencias, legados y donaciones
- Normativa actualizada RIMPE
- Revise la LRTI actualizada al 01-01-2026
Obligaciones por periodos anuales
| Obligación | Vence |
| Inicia el pago de impuesto predial, varios municipios ofrecen descuentos por pago en este mes, por ejemplo el Municipio del Distrito de Quito ofrece un descuento del 10%, si se paga hasta el 15 de enero de 2026. | Enero a Junio |
| Compañía limitada, debe presentar nómina de las compañías extranjeras que figuren como socias. A la Superintendencia Cías. | 31/01-2026 5/2/2026 |
| Empleados en relación de dependencia deben entregan a su patrono, Proyección de gastos personales | Febrero-2026 |
| Entrega del comprobante de retención a los empleados en relación de dependencia Formulario 107 | Enero 2026. |
| Anexo Relación de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia – RDEP del 1 de enero y 31 de diciembre de 2025. | 21 de enero al 7 de febrero de 2026. |
| Fabricantes e importadores de bienes y los prestadores de servicios gravados con ICE, deben presentar la información referente a los precios sugeridos de venta al público a través del «Anexo PVP». | 9/1/2026 |
| Informe de oficial de cumplimiento (IAOC) del Sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y otros delitos. (Prórroga hasta mayo 30, 2026) Ver notificación No. 5 | Enero |
| Los empleados deben presentar la solicitud de acumulación de la décimo tercera y/o cuarta remuneración | Enero |
Obligaciones por periodos trimestrales o semestrales
| Obligación | Vence |
| Informe de ventas a crédito a SCVS de los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre 2026, a la Superintendencia Cias. | 10/1/2026 |
| Declaración del IVA: Las personas naturales que exclusivamente con ventas o servicios gravados con tarifa 0%; quienes estén sujetos a la retención total del IVA. | En enero de 2026, En función del noveno dígito del RUC |
| Declaración del IVA: Contribuyentes sujetos al RIMPE – Emprendedores. | |
| Declaración del IVA: Las organizaciones inscritas en el Régimen Simplificado para EPS si no han efectuado transacciones, cuando sus transacciones correspondan exclusivamente a actos solidarios o cuando los bienes o servicios comercializados estén gravados con tarifa 0% de IVA y no hayan actuado como agentes de retención. | |
| Declaración de retenciones en la fuente de IR: Los emprendedores sujetos al RIMPE. | Enero 2026 Art. 231 R-LRTI |
Obligaciones por periodos mensuales
Otras obligaciones:
- Cambios en la emisión de comprobantes electrónicos; resoluciones NAC-DGERCGC25-00000014 y 17, revisar:
- A partir del 01-01-2026, los comprobantes electrónicos deberán ser deberán transmitidos a la Administración Tributaria en el momento mismo de realizarse la generación del comprobante electrónico,
- A partir del 01-01-2026, Las facturas electrónicas emitidas con la leyenda “consumidor final” no se podrán anular una vez emitidas y transmitidas al SRI, tampoco procede la emisión de notas de crédito.
- Desde el mes de enero de 2026, está disponible el Registro de cargas aplicables a 2025 para rebaja de impuesto a la renta, de acuerdo con el segundo artículo in-numerado a continuación del Art. 10 de la LRTI el Art. 34 del R-LRTI
- Reportar al Ministerio de trabajo, las capacitaciones anuales de al menos 40 horas en cumplimiento del Acuerdo-Nro.-MDT-2025-006 temas: como derechos laborales de mujeres y hombres, igualdad de género, erradicación de violencia y no discriminación en el trabajo, y otros temas relacionados con el trabajo de igual valor. MDT-2025-185 amplió el plazo para las empresas e instituciones del Estado hasta el 30 de noviembre de 2026.
- RUC con noveno dígito 1, 2, 3, 4 y 5, debe reportar planilla de décimo tercero del 5 de enero al 5 de febrero
- Impuesto a la Renta por enajenación de acciones, participaciones, otros derechos representativos de capital: El sustituto deberá declarar y pagar el Impuesto a la Renta por la enajenación directa o indirecta de acciones, participaciones, etc. Realizadas en diciembre 2025, hasta el 5/1/2026.
- Los empleados deben presentar la solicitud de acumulación de décimos
- Informe del oficial de cumplimiento de las compañías obligadas a informar a la UAFE
- Registro del pago de la décimo tercera remuneración
- El nuevo valor anual (5.188.26) de exoneración del ISD por consumos en el exterior con TC y TD Volver arriba.
- Ciudadanos ecuatorianos y extranjeros por el efectivo que porten al momento de abandonar el país, deberán pagar el correspondiente ISD por encima de $ 1.446.
- Entra en vigencia la nueva tabla de Impuesto a la Renta 2026
- Entra en vigencia la nueva tabla de herencias, legados y donaciones
- Presentación del Anexo RDEP (Ver todo sobre el anexo RDEP)
- Informe del oficial de cumplimiento de las compañías obligadas a informar a la UAFE
- Revise las NIIF vigentes en el año 2026
- Revisar los eventos ocurridos en 2025
- Revisar las reformas tributarias de 2025
- Revise la Ley de Régimen Tributario Interno actualizada a 1 de enero de 2026
- Las personas que se mantuvieron como parte del régimen RIMPE en los años 2023, 2024 y 2025, para el año 2026, pasan al régimen general.
Feriados Nacionales: 1 y 2 de enero
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Que gusto encontrar información importante
Gracias por su importante informaciòn.
EXCELENTE, GRACIAS POR LA INFORMACION
Buen dia Estimados, estoy muy agradecida por ese compartir desinteresado, actualizando de esta manera al contador y facilitando el cumplimiento del contribuyente en el cumplimiento de sus deberes. Felicito esta generosa y genial iniciativa. Dios les bendiga y sigan apoyandonos por favor. Mil gracias.