Las cuentas de impuestos diferidos, son descritas y tratadas en la NIC 12, y surgen como consecuencia del reconocimiento de un evento o transacción en tiempos diferentes, entre la base financiera y la base tributaria.
Los conflictos que pudieran existir entre las normas contables y las tributarias, deben ser analizados a efectos de determinar si las diferencias que surgen de estos conflictos son permanentes o temporales.
Las diferencias permanentes se conocen como ingresos exentos y como gastos no deducibles.
Las diferencias temporales pueden ser de dos tipos:
Las diferencias temporales imponibles que generan pasivos por impuestos diferidos.
Las diferencias temporales deducibles que generan activos por impuestos diferidos.
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| Impuesto a la renta y NIC 12 | Abrir |
| Deterioro de inventario (Valor neto realizable) | Abrir |
| Pérdidas esperadas en contratos de construcción | Abrir |
| Depreciación del costo por desmantelamiento | Abrir |
| Deterioro de propiedades, planta y equipo | Abrir |
| Deterioro de activos financieros | Abrir |
| Activos no corrientes mantenidos para la venta | Abrir |
| Activos biológicos | Abrir |
| Amortización pérdidas tributarias | Abrir |
| Créditos tributarios no utilizados | Abrir |
| Contratos de servicios integrados (Hidrocarburos) | Abrir |
| Desahucio y pensiones jubilares | Abrir |
| Ingresos, costos y gastos, contratos de construcción | Abrir |
| Arrendamientos activación del derecho de uso | Abrir |
| Diferencia entre depreciación financiera y tributaria de PPE | Abrir |
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Ing. Mónica Tapía, Teléfono: 02559602 0999195205
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Buenos días
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