Tarifa de impuesto a la renta para personas naturales:
Para las personas naturales, la tarifa de impuesto a al renta es progresiva, desde el 5% de la base imponible hasta el 35% de la base imponible, según la tabla que se puede acceder en este enlace
Régimen impositivo para RIMPE:
- Si la persona natural es incluida en el catastro del RIMPE (Negocios populares) paga una sola vez en el año $ 60.00 y no debe realizar declaraciones ni de Impuesto a la Renta, ni de IVA, tampoco debe realizar retenciones ni anexos.
- Si la persona natural es incluida en el catastro del RIMPE la tarifa de Impuesto a la Renta es hasta del 2% según la tabla progresiva de IR sobre los ingresos de actividades empresariales, sin importar el resultado que genere el negocio en ese ejercicio.
- Para las otras actividades (Excluyentes), la tarifa de impuesto a al renta es progresiva, desde el 5% de la base imponible hasta el 37% de la base imponible, según la tabla que se puede acceder en este enlace
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